FERNANDO COUSO GARCIA

– Graduado en Criminología por la Universidad del País Vasco. UPV-EHU.

– Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales.

ZURIÑE GONZALEZ SANCHEZ

– Graduada en Criminología por la Universidad del País Vasco. UPV-EHU.

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Donde más duele…

Fernando Couso García

 

El pasado 27/04/2021, Tomás Antonio Gimeno aprovecha la tarde de custodia con sus hijas, Olivia y Anna, dos niñas de seis y un año respectivamente, para desaparecer con ellas. Una llamada telefónica a su expareja, avisando de que no volvería a ver a ninguno de los tres, es la última noticia que se tiene de este suceso.

Esa llamada y la aparición de la embarcación del sujeto, encontrada vacía y a la deriva en la costa tinerfeña, ha llevado a las autoridades policiales a tratar esta desaparición, considerada de alto riesgo, como un secuestro parental(1), del que 10 días después muy poco se sabe, (y lo que se sabe está bajo secreto policial).

Fuentes de la investigación han indicado que la mujer ya había comunicado en diciembre a la Guardia Civil que su expareja la amenazaba verbalmente, pero no quiso presentar denuncia. Los agentes realizaron un seguimiento de oficio y, en marzo, la mujer dijo entonces que el episodio de las amenazas de diciembre no se había repetido, hecho que, al parecer, no era cierto y las amenazas continuaban, hasta el punto de que este sujeto llegó a agredir a la actual pareja de su exmujer.

Mi memoria profesional, ágil y cruel a la vez, me traslada a dos hechos con diferente final. El primer recuerdo que viene a mi cabeza es del despreciable José Bretón, sujeto del que mi memoria siempre ha querido hacer un “backup” permanente, sin conseguirlo. Ruego que ese no sea el desenlace de estas criaturas.

Como segundo hecho despreciable, (a muchísima menor escala, por supuesto), otro regreso a un pasado triste, concretamente al mes de abril de 2019, cuando descubríamos el comportamiento de María Sevilla, presidenta de la igual de despreciable asociación Infancia Libre, que tras conocer que la justicia había otorgado la custodia de su hijo al padre, se escondió con el niño y su pareja en una finca de Cuenca, viviendo en condiciones extremas de aislamiento para no cumplir con la resolución judicial.

Dentro del poco pensamiento positivo que me queda, quiero confiar que estas dos criaturas se encuentran inmersas en esta situación, y que su padre las mantiene vivas y cuidadas. Lo contrario, simplemente, no quiero ni pensarlo.

En diferentes situaciones, sirva como ejemplo el caso Juana Rivas(2), la sociedad se posiciona a favor del progenitor que, mediaticamente, llora y solicita el amparo de la justicia porque sus hijos se encuentran en peligro al lado de su expareja. Tres juicios después, resulta que la justicia da la razón en todos ellos al padre y condena a esta mujer a cinco años de prisión, haciendo mención expresa a la sobreexplotación de la denuncia que hizo sobre el maltrato del que acusaba a su expareja, y que la justicia consideró que nunca existió.

En estos casos concurren algunas, o todas, de las características que posteriormente conforman un secuestro parental. Uno de los progenitores utiliza a sus hijas/os para hacer daño a la otra parte, ya que de forma partidista consideran que solo ellos tienen derecho a custodiarlas/os y no aceptan la resolución judicial, por lo que estas criaturas son llevadas y retenidas de forma indebida, para fines totalmente alejados a su bienestar.

Las diferentes y peculiares características que conforman un secuestro parental exigen investigar cada amenaza de manera individualizada y exhaustiva, porque con que una sola de ellas se cumpla ya estamos ante un sufrimiento imperdonable y con un arriesgado y peligrosísimo desenlace.

María Iglesias Gil, cuyo hijo fue secuestrado por el padre y llevado a Estados Unidos, afirmaba que «¿Es eso amor?. La gente suele tener una idea romántica y equivocada de que los padres que secuestran a sus hijos y los alejan del otro progenitor lo hacen porque les quieren mucho y están cegados por la rabia que les produce una situación supuestamente injusta o por puro amor. ¿Cómo va a ser un secuestro un acto de amor?» …
No se puede explicar mejor, María.

 

Bibliografía

(1) El secuestro parental, (una especie dentro del género Sustracción de Menores), también conocido como “abducción parental” o “abducción familiar”, es una clase particular de secuestro que se materializa cuando un menor de edad es separado abruptamente y sin consentimiento de su custodia, entorno o residencia habitual de vida por uno de sus progenitores, (o por otra persona que actúa por mandato de ellos). Este alejamiento puede ser temporal/transitorio o permanente.
(2) A Juana Rivas, condenada inicialmente a cinco años de cárcel y a seis años sin tener contacto con sus hijos, por secuestrarlos, el Tribunal Supremo le acaba de rebajar la pena a dos años y medio de cárcel, lo que no evitará que ingrese en prisión. Cometió dos delitos de sustracción de menores y explotó el argumento del maltrato, considerando el Tribunal enjuiciador que dicho maltrato no se produjo y que fue un invento para obtener más presión judicial y social contra su expareja.