FERNANDO COUSO GARCIA

– Graduado en Criminología por la Universidad del País Vasco. UPV-EHU.

– Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales.

ZURIÑE GONZALEZ SANCHEZ

– Graduada en Criminología por la Universidad del País Vasco. UPV-EHU.

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Mediación

La mediación es un método de resolución de conflictos que tiene como finalidad alcanzar un acuerdo flexible, integral, justo y respetuoso entre las partes en conflicto, que evite llegar a la judicialización del mismo.

Basada en el diálogo informal entre las partes, se caracteriza por ser confidencial, de cumplimiento voluntario y responsable de la decisión acordada, a la vez que supone un importante ahorro de tiempo y costas respecto a los procesos judiciales.

Un mediador NO:

  •  Actúa como abogado de ninguna de las partes.
  •  Ofrece asesoramiento jurídico.
  •  Evalúa o juzga las cuestiones que se tratan en el proceso.
  •  Decide quién gana o pierde, ni da la razón a ninguna de las partes.

La mediación trata de establecer puentes para el diálogo, acercando posturas y ayudando a establecer consensos, de una forma natural.

En el Gabinete Criminológico IUSTITIA, clasificamos la mediación en los siguientes bloques:

  • Mediación administrativa, a través de una nueva forma de entender las relaciones entre las diferentes Administraciones y la ciudadanía, basada en el respeto a las posiciones de los ciudadanos.
  • Mediación civil y mercantil, extensiva a todos aquellos asuntos civiles o mercantiles, incluidos los conflictos transfronterizos, que no afecten a derechos y obligaciones que no estén a disposición de las partes en virtud de la legislación aplicable.
  • Mediación comunitaria y vecinal, basada en el respeto y la buena convivencia entre los miembros de una comunidad.
  • Mediación corporativa y empresarial, mediante un proceso de resolución de aquellos problemas que provocan conflictos en las empresas por vías que evitan el litigio, preservando la confidencialidad, las relaciones comerciales y la calidad de las relaciones laborales.
  • Mediación escolar, a través de estrategias de resolución pacífica de los conflictos que se han generado en el ámbito escolar y la adopción de medidas de prevención, que eviten que se reproduzcan.
  • Mediación familiar; desde un enfoque sistémico donde se trabaja con un sistema socio-familiar, adaptada a la legislación actualizada y cambiante en materia de derecho de familia.
  • Mediación laboral, aplicando un modelo de solución de conflictos laborales colectivos en los que las partes involucradas buscan generar soluciones para facilitar la comunicación entre la estructura laboral y la mejora del ambiente y la productividad en el trabajo.
  • Mediación matrimonial, consistente en el uso de métodos alternativos de resolución de conflictos en el ámbito del Derecho de Familia, con el objetivo de llegar a la solución integral del conflicto surgido en la pareja.
  • Mediación penal, basada en los principios de la Justicia restaurativa, cuyo objetivo es que el infractor se responsabilice de sus actos, asuma las consecuencias y pueda pedir perdón a la víctima, llegando a un acuerdo para la reparación de los daños causados.
  • Mediación prejudicial, desarrollada antes de iniciar un proceso judicial para que las personas encuentren una solución al problema sin necesidad de atravesar el periplo judicial.
  • Mediación sanitaria, configurada como un método que permite la resolución de aquellos conflictos que se generan en el entorno sanitario, ya sea entre distintos profesionales de la salud como entre las instituciones sanitarias, sus trabajadores y los pacientes.