Criminología y Mediación. Fusión perfecta para una relación de (y con) futuro
Fernando Couso García
El Art. 25.2 de la CE establece que las penas estarán orientadas hacia la reeducación y la reinserción social lo que genera el cruel debate entre las víctimas y sus familias, que aluden a este artículo al solicitar penas más cortas, y los/as victimarios/as y las suyas, que reivindican un enfoque más punitivo de nuestro sistema penal.
La prevención eficaz de la delincuencia y las técnicas de intervención positiva en el infractor, (en la búsqueda de esa reinserción y resocialización), unido al resarcimiento solicitado por las víctimas, provocan el mayor choque social al que nos podemos enfrentar.
El derecho penal, tal y como lo conocemos, castiga las conductas antisociales mediante la imposición de penas, intentando conseguir con ello un mejor orden social, mientras que la fusión de la criminología y la mediación intenta, además de solucionar el conflicto, prevenir actitudes y situaciones futuras generadoras de conflictos.
La mediación busca puntos de encuentro donde las partes puedan ver satisfechas sus reivindicaciones, tratando de evitar una “solución judicial” que no va a proporcionar los resultados esperados, al menos a una de ellas. Y en ese momento, la tarea de enfocar el proceso de mediación hacia la justicia restaurativa no es algo sencillo. La presencia de un/una criminólogo/a en el proceso de mediación ayuda en este aspecto, al aportar un nuevo punto de vista como experto/a victimólogo/a.
Al mismo ritmo que la cifra de la criminalidad aumenta disminuye la confianza social en nuestro sistema penal. No incluir los conocimientos de la criminología en el ámbito de la mediación es un error con el cual se pierden múltiples formas diferentes de resolver conflictos en el ámbito delictivo.
La Criminología, es una ciencia que destaca por su interdisciplinariedad y vive en contacto tanto con la víctima como con el victimario, lo que aporta conocimientos transversales que pueden ser muy eficaces en la búsqueda de acuerdos entre víctima y victimario. Los mediadores intervienen activamente en la gestión de conflictos. De esta fusión surge un “nuevo punto de vista” que genera una mayor comprensión del conflicto, tanto para la justicia, como para la víctima y el victimario.
Desde un punto de vista criminológico, el proceso de Mediación es una salida alternativa al procedimiento penal que tampoco se olvida del principio de “justicia restaurativa” y que busca el entendimiento de las partes y lo más importante, la prevención del futuro. Debido a su formación y conocimientos, el/la criminólogo/a, como profesional en este proceso de mediación, es un/una magnifico/a gestor/a de conflictos ya que posee una “nueva mirada”, ágil y dinámica, que choca frontalmente con la desconfianza y lentitud de la justicia penal.
El/la criminólogo/a afronta los conflictos desde otro punto de vista, (es evidente que la forma tradicional de resolución de conflictos, aparte de estar colapsada, no ha proporcionado los resultados esperados), y trabaja en la búsqueda de soluciones y acuerdos diferentes en los que tiene una posición preponderante la justicia restaurativa.